Necrológicas
  • Lorenzo Barrientos Vito
Ex contralor y abogado defensor del municipio puntarenense

Ramiro Mendoza afirma que descuento de la Dirección de Presupuestos no procede, ya que fue firmado antes de 2021

Domingo 26 de Mayo del 2024

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  • En entrevista con El Magallanes, el abogado defensor en la causa contra la Dipres afirma que la ley del Slep reconoce los convenios suscritos antes de 2021. El acuerdo de la municipalidad de Punta Arenas con los asistentes de la educación es de agosto de 2017.

 

Marcos Sepúlveda Loyola 

 

 

Es 6 de abril. En la municipalidad de Punta Arenas cunde el asombro y la preocupación al leer  la ordenanza efectuada dos días antes por la Dirección de Presupuestos (Dipres), firmada por su directora, Javiera Martínez Fariña, en la que se descontarán $3 mil 432 millones del Fondo Común Municipal a partir del mes de abril y hasta fin de año. ¿El motivo? Haber celebrado un convenio con los asistentes de la educación.

El alcalde puntarenense Claudio Radonich salió a cuestionar el cómo habían calculado la deuda, mientras las autoridades de gobierno a nivel regional convocaron a un punto de prensa en el que dijeron que todo había sido informado previamente. Entonces, el jefe comunal decidió llevar la ordenanza de la Dipres a los tribunales.

Es en este minuto cuando el nombre de Ramiro Mendoza aparece en el municipio. Fue contratado el 11 de abril vía trato directo. Mendoza es un conocedor de la ley, fue Contralor General de la República entre 2007 y 2017. Durante la semana pasada, viajó a Punta Arenas para litigar personalmente en la causa que defiende al municipio de la capital regional.

– ¿Por qué, según ustedes, la resolución es ilegal? 

– “Es una resolución que por primera vez se dicta y que era la aplicación de una ley especial que modificó el artículo 42 transitorio de la Ley de los Servicios Locales de Educación Pública (Slep). Es un tema bastante complejo de explicar que se origina cuando se aprueba la desmunicipalización de la Educación, la cual significa que toda la educación municipal se debe traspasar a un nuevo servicio dependiente del Estado. Aquí se traspasan inmuebles, equipamientos y personas. Aquí es donde estuvo el problema, principalmente en los asistentes de la educación. Hay que volver varios años atrás, antes de la promulgación de la ley,  en agosto de 2017 un sindicato de asistentes de la educación logró un contrato con la Cormupa, para que cuando una vez sean traspasados al nuevo servicio se les genere un bono de  asignación de zona.

“¿Qué es lo que va a pasar de ahí en adelante? Va a haber una tensión mayúscula sobre ¿cómo puede ser que esta gente comprometa el patrimonio futuro de organizaciones que no se han creado? Y entra una serie de modificaciones legales. En 2021, entró una que definió varias cosas que no son oponibles, pero definió que todas las modificaciones realizadas antes de 2021 sí son oponibles a los servicios locales de educación”. 

– ¿Por qué señalan que el cálculo está mal hecho?

– “No tenemos conciencia ni  noción de la construcción lógica y biométrica de cómo llegar a esa cifra y eso es lo que nos preocupa. Esa es una de las razones de la impugnación. El acto en sí no se explica, le falta motivación, necesitamos saber cómo llegar a ese monto porque tenemos la sensación de que en ese monto está involucrando a personas que no tienen que estar involucradas como son las beneficiadas por la asignación de zona a partir de la modificación del convenio colectivo y su incorporación a su contrato en el 2017”. 

– ¿Entonces por qué la Dipres cobró siendo que el convenio se firmó en 2017?

– “Cuando se dieron cuenta de esto ya habían pasado los plazos que otorga la ley para modificar la ley de presupuesto, ya no tenían presupuestos Slep para hacerse cargo de esto. En consecuencia, decidieron sacar los recursos del Fondo Común Municipal. Aquí no hay mala fe ni en los municipios, no hay mala fe ni en la Dipres.

“Es un conflicto interpretativo que dice relación con los derechos fundamentales de los trabajadores. Por eso el municipio ha estado tan preocupado de que los trabajadores no pierdan”.

– ¿Cuántas municipalidades en Chile presentan este problema?

“Se ha producido en comunas donde la asignación de zona impacta de forma más fuerte. Punta Arenas y Natales son las únicas afectadas.

“Lo relevante es que, en Puerto Natales, interpretando correctamente las distintas modificaciones legales que tiene el artículo 42 transitorio de la ley, sacaron una cifra y después corrigió porque habían sumado todo el año, siendo que el convenio termina en octubre de este año”.  

– ¿Natales firmó antes o después de 2021?

– “Tengo entendido que después, el descuento estaba correcto, pero no el monto porque el convenio colectivo de ellos vence ahora en octubre”.

– ¿Cómo impacta en el presupuesto municipal la resolución de la Dipres?

– “Se pretenden sacar más de $3 mil millones del presupuesto de la municipalidad de Punta Arenas, es un 30% del Fondo Común Municipal, con ese dinero se ven todas las prestaciones directas del municipio, si estos descuentos se ejecutan, el municipio se va a ver forzado a tener que hacer una especie de adelgazamiento del gasto público para no quedar en default financiero.

“Estamos pidiéndole a la Corte que de una u otra manera, si así lo estima se corrija esta situación y al menos se le dé la razón a la Municipalidad de Punta Arenas de por qué se está haciendo el descuento, que el porcentaje nuestro no es procedente”.

Contraloría

En los últimos meses la Contraloría ha sacado varias comunas al pizarrón. Desde irregularidades en las corporaciones municipales hasta licencias de software falsas ha detectado el ente fiscalizador. En el buscador web de esta institución, al poner la palabra “Magallanes” arroja una serie de auditorías de municipios como San Gregorio, Laguna Blanca, Natales y Punta Arenas. Varios de estos casos los antecedentes están en el Consejo de Defensa del Estado y en el Poder Judicial.

– En los municipios rurales alegan que Contraloría las audita con criterios de grandes ciudades cuando muchas de ellas tienen menos de 1.000 habitantes. ¿Cómo se puede suplir eso?

– “Efectivamente ese es un defecto del legislador, quien hace una suposición ex ante de que este es el estándar, pero si miramos la realidad, el estándar es bien diferente al que el legislador supone. Nosotros tenemos que sincerar el tamaño de nuestras organizaciones y la capacidad de nuestras organizaciones. El legislador se tiene que abrir un espacio para pilotear experimentos legislativos respecto a circunstancias institucionales”.

– ¿Es tan grave que un municipio no cuente con manuales sobre lavado de activos, ataques cibernéticos u otros manuales?

– “En la época mía no fiscalizaba mucho ese tipo de cosas, hoy se han puesto bastante frecuente, creo que puede ser un riesgo, porque en realidad la Contraloría lo que tiene que velar es por la aplicación de la ley si hay una ley que genera la obligación de tener manuales y códigos éticos bueno y hay una voluntad de Contraloría de focalizar sus recursos presupuestario en ese tipo de cosas es una decisión del contralor a su más completa discrecionalidad, otro contralor podría dedicarse a fiscalizar el horario de atención en los hospitales en realidad la cobertura del hospital Sótero del Río, respecto a la forma en la que salieron de los registros y eso no lo vieron”.

Tras el estallido del Caso Convenios en junio de 2023, el ente fiscalizador fue objeto de críticas, ya que no detectó las presuntas irregularidades que hoy son investigadas por la justicia. 

– ¿Por qué la Contraloría no detectó esto?

– “Tengo la sensación de que la contraloría no es la primera línea de defensa en materia de control, es como la tercera línea. Primero está el jefe superior del servicio, luego vienen las unidades de control interna de la institución y recién ahí aparece la Contraloría (…) Creo que el problema está en la unidad de control interno que dependen de  quién es el jefe del servicio en consideración de que en realidad debieran tener una ligación técnica esencial con la Contraloría”. 

Un representante de la
Contraloría en la institución

“Me entendiste el concepto, según la ley orgánica de la Contraloría, las unidades de control dependen técnicamente de la Contraloría, pero no funcional ni materialmente. Si lo último dependiera de Contraloría, las unidades técnicas tendrían una identidad técnica distinta y no dependería de quién sea el jefe del servicio (…) Hoy ellos ponen a alguien de confianza que a lo mejor no tiene la expertiz y puede que además sea resistente a la Contraloría.

“Queremos que no haya tanto desorden en materia de convenios, yo no le pondría el acento a hacerle más difícil el acceso a los recursos a las personas que lo necesitan, sino que le pondría el acento a buscar mejores técnicas de control y de relaciones entre las unidades de control y la Contraloría”.

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