Temu, Shein y AliExpress: Dedecon detectó doble cobro de Iva y pide cambios por fallas en Aduanas
Comprar productos en plataformas internacionales como Amazon, AliExpress, Temu, Shein o eBay se ha convertido en una práctica habitual para miles de chilenos. Sin embargo, un informe técnico de la Defensoría del Contribuyente (Dedecon) detectó que algunos consumidores están enfrentando un problema que la propia legislación buscó evitar: el pago duplicado del Impuesto al Valor Agregado (Iva) al importar mercancías desde el extranjero.
El documento, remitido al Servicio Nacional de Aduanas, concluye que la normativa vigente presenta dificultades en su implementación práctica, provocando que personas que ya pagaron el Iva al momento de realizar la compra vuelvan a ser obligadas a cancelar el mismo impuesto cuando el producto ingresa al país para poder retirarlo.
La Defensoría del Contribuyente es un servicio público descentralizado creado por la Ley N.º 21.210 de Modernización Tributaria. Su misión es proteger y promover los derechos de los contribuyentes frente a actuaciones de los organismos de la administración tributaria, entregar orientación jurídica y formular recomendaciones cuando detecta problemas que afectan el correcto funcionamiento del sistema.
Precisamente en el ejercicio de esas facultades, la institución elaboró este informe luego de recibir diversas presentaciones de consumidores que denunciaron haber pagado nuevamente el Iva pese a que éste ya había sido cobrado por la plataforma digital extranjera al momento de efectuar la compra.
El origen del problema se encuentra en el sistema creado por la Ley N.º 21.420, que modificó el tratamiento tributario de las compras internacionales realizadas mediante plataformas digitales.
La reforma permitió que plataformas extranjeras inscritas en el Registro de Tributación Simplificada del va, administrado por el Servicio de Impuestos Internos (SII), recauden directamente el impuesto al momento de concretar la venta y posteriormente lo enteren al Fisco chileno.
El objetivo era precisamente simplificar el proceso para los consumidores y evitar que el IVA volviera a cobrarse cuando la mercancía ingresara al territorio nacional.
Para ello, la legislación estableció una exención aplicable a importaciones cuyo valor no supere los US$500, siempre que el impuesto ya hubiese sido enterado mediante una plataforma inscrita en dicho registro.
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