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Gobierno analiza designación de seremi de Minería al no cumplir requisitos legales para su nombramiento

Miércoles 6 de Abril del 2022

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Seremi de Gobierno, Arturo Díaz Valderrama, manifestó que se están analizando los estudios
jurídicos por parte del Ministerio de Minería, para ver si Bélgica Arizmendy continúa en su cargo.

La ley obliga que los seremis tengan un título profesional de al menos diez semestres. El caso de Arismendy, sólo tiene un título de 8 y hasta el día de hoy, su casa de estudios (IACC) mantiene la misma duración para la carrera de Ingeniería en Recursos Humanos

De acuerdo a la legislación vigente, para que personas sean nombradas como secretarios regionales ministeriales, se necesita un título profesional de carrera de, a lo menos, diez semestres de duración por una universidad o instituto profesional del Estado o reconocido por este o aquellos validados en Chile de acuerdo a la ley vigente.

La nueva titular de Minería y ex gobernadora de la provincia Antártica en el segundo gobierno de Michelle Bachelet, Bélgica Arismendy Carilao, es Ingeniera en Recursos Humanos del Instituto Profesional IACC en Santiago. Actualmente, dicha carrera universitaria en ese instituto, tiene una duración de cuatro años, es decir, ocho semestres. Por lo que la militante del Partido Radical no cumpliría con los requisitos establecidos en la Ley.

De acuerdo a lo informado por el seremi de Gobierno, Arturo Díaz Valderrama, se “está viendo jurídicamente el caso en el Ministerio de Minería para ver si cumple con los antecedentes requeridos para el cargo”. Igualmente, Díaz explicó que algunas carreras universitarias a lo largo de los años han modificado su duración, sin embargo y de acuerdo a fuentes al interior del oficialismo, la renuncia de Arismendy se podría efectuar durante los próximos días.

Cabe mencionar, que el ministerio en su nivel central puede ratificar a Bélgica Arismendy en el cargo, sin embargo, cuando la Contraloría General de la República tome razón de su nombramiento, puede -de todas maneras- objetar este nombramiento.

Caso similar

Hace algunos días en la Región de Atacama, se nombró al militante del Partido Comunista, Marco Herrera, como seremi de Minería de la región. Sin embargo, al poseer un título en Ingeniería en Ejecución en Minas con ocho semestres y para el cargo -tal como el caso de Arismendy- se requiere una ingeniería civil o estudios universitarios equivalentes a diez semestres, por lo que se optó que no asuma.

La Prensa Austral tomó contacto con Bélgica Arismendy para conocer su versión, sin embargo hasta el cierre de la presente edición, la respuesta de la aún titular de Minería, no llegó.

Plebiscito de salida

Hasta el 1 de mayo se podrá modificar el domicilio electoral

Actualmente, el Servel impulsa la campaña “Revisa tu domicilio electoral”. Al respecto, la directora regional del servicio, María Teresa Kuzmanic, enfatizó que los “electores y electoras deberán conocer y, de ser necesario, solicitar el cambio de su domicilio electoral oportunamente”.  Esto, porque el domicilio electoral es, según el art. 10 de la Ley 18.556, aquel situado dentro de Chile, con el cual la persona tiene un vínculo objetivo, sea porque reside habitual o temporalmente, ejerce su profesión u oficio o desarrolla sus estudios en él. “En el caso de los ciudadanos con derecho a sufragio que se encuentren en el extranjero, el domicilio electoral es aquel situado fuera de Chile, declarado como tal por el elector”, precisó Kuzmanic.

Es importante que cada persona revise su domicilio electoral en: miconsulta.servel y, si es necesario, solicite su cambio cuanto antes en: cambiodomicilio.servel. El plazo expira el 1 de mayo.

A partir del domicilio electoral registrado en Servel, éste se georreferenciará y asignará al elector al local de votación más cercano. De esta forma, que el elector mantenga un domicilio electoral actualizado facilita el cumplimiento del sufragio obligatorio para el Plebiscito Constitucional.

De acuerdo a las normas electorales vigentes, en específico el artículo 5 de la Ley 18.556, establece que “los chilenos comprendidos en el número 1° del artículo 10 de la Constitución Política de la República, mayores de 17 años, serán inscritos automáticamente en el Registro Electoral”.

Sin embargo, la directora regional del Servel dice que “si no han cumplido los 18 años a la fecha de una elección o plebiscito, no pueden votar”.

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