Necrológicas

Piden “hacer respetar la ley” para el retiro de los cables en desuso

Martes 12 de Abril del 2022

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Cinco meses establece la ley para que las compañías retiren los cables en desuso desde los postes, situación que hoy surge como una postal “aérea” de Punta Arenas.

El tema ha venido siendo abordado al interior del Concejo Municipal, sin embargo aunque se esbozó un acuerdo al respecto no hubo acciones concretas en tal sentido, razón por la cual el concejal Germán Flores solicitó formalmente al alcalde Claudio Radonich oficiar a la seremi de Transportes y Telecomunicaciones para algo tan sencillo como hacer respetar la normativa que establece que las empresas deben presentar un cronograma para que la eliminación de este elemento en desuso se haga en un plazo de cinco meses. Asimismo, pidió que Edelmag informe de los distintos tipos de contratos que mantiene con los operadores de telecomunicaciones con el fin de determinar la propiedad del cableado en desuso, como también a las compañías informar respecto de sus planes de mantención y gestión de las redes que mantiene en bienes nacionales de uso público.

Para Flores aquí la situación es bien clara y está respaldada por una ley de la República de contenido claro: “El tema se ha venido conversando desde el mismo momento que la normativa entró en vigencia en septiembre de 2019, incluso desde antes. Pero vino la pandemia y otros problemas que hicieron que la situación quedara en el olvido sobre todo para las compañías. Hoy se requieren decisiones y acciones, no mesas de trabajo, sí que lo único que se debe hacer es oficiar, solicitar el cronograma y proceder al retiro. De no ser así se establecen multas de 5 a 50 millones de pesos en favor municipal”.

De acuerdo con la Ley 21.172 cuando los cables han dejado de ser utilizados “serán calificados como desechos y deberán ser retirados por la respectiva concesionaria o permisionaria a su costa, en el lapso y de acuerdo a los criterios, procedimiento y mecanismos de resolución de discrepancias establecidos en la citada normativa técnica”.

Se agrega que “el incumplimiento de esta obligación será sancionado de conformidad a las disposiciones de la ley N° 18.287, que establece procedimiento ante los Juzgados de Policía Local, con una multa a beneficio municipal”. Se agrega que en caso de no proceder la concesionaria o permisionaria al retiro requerido dentro de plazo, los municipios podrán retirar estos elementos exigiendo el reembolso de todos los costos asociados al mismo.

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