Fiscales descartan que cifras en cárceles sea un factor para definir prisiones preventivas
- El Ministerio de Justicia instruyó a Gendarmería que informe a tribunales y Ministerio Público el
número de internos, capacidad y condiciones de los recintos para albergar a los reclusos.
La vicepresidenta de la Asociación Nacional de Fiscales (ANF), Patricia Ibarra, descartó que la medida propuesta por el Ministerio de Justica, que instruye a Gendarmería informar mensualmente sobre la capacidad y sobrepoblación actual de las cárceles del país, tenga injerencia en las decisiones que tomen respecto a medidas cautelares gravosas como la prisión preventiva.
El oficio solicita que la institución penitenciaria remita regularmente al Ministerio Público y a los tribunales el número de internos, capacidad y condiciones de los recintos.
En entrevista con El Diario de Cooperativa, Ibarra afirmó que, aunque para los persecutores “es relevante el tema de la cantidad de personas que están privadas de libertad actualmente en Chile, no lo es desde el punto de vista que se ha planteado, es decir, que sea un antecedente a considerar al momento de solicitar la medida cautelar de prisión preventiva”.
Principio de legalidad
“Nosotros nos regimos por el principio de legalidad y debemos analizar el caso a caso si hay antecedentes que determinen que la persona es peligrosa para la seguridad de la sociedad, peligrosa para la seguridad de las víctimas o para determinadas diligencias de investigación. Eso es lo que se debe analizar, por lo tanto, en virtud de esos antecedentes vamos a solicitar la medida cautelar de prisión preventiva”, analizó la fiscal.
Asimismo, aseguró que “nosotros (los persecutores) no estamos involucrados en la administración penitenciaria o en las condiciones en las que se encuentran las personas (detenidas), eso es resorte exclusivo del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, ellos están encargados de todos esos temas y ver también algo muy relevante que es la reinserción social”.
“Nosotros como persecutores ejercemos la acción penal, debemos dar protección a las víctimas y solicitar lo que corresponda a los tribunales en virtud de lo que establece la Constitución Política de la República”, puntualizó Ibarra a Cooperativa.
“Somos un ente autónomo, lo mismo el Poder Judicial, es decir, los jueces que resuelven las peticiones que hace el Ministerio Público”, cerró una de las líderes de la ANF.
“No nos vamos a inhibir”
En tanto, el presidente de la Asociación Nacional de Fiscales, Francisco Bravo, aseguró que “lo que hemos dicho es que no corresponde a los fiscales tener otro tipo de consideraciones, más que las que la ley señala, ya sea el Codigo Procesal Penal, por ir a la norma específica que regula la prisión preventiva, y también, en el caso de los fiscales, las instrucciones que da el Fiscal Nacional, que para nosotros son obligatorias”.
“Uno puede entender que haya una inquietud por la sobrepoblación carcelaria, porque es una realidad, que es una cuestión que viene arrastrándose, o anunciándose, hace 10 años atrás, sin embargo las autoridades no pueden hacer más allá que lo que la ley nos faculta”, agregó.
Bravo fue enfático en que “no nos vamos a inhibir de ejercer las facultades que la ley nos concede (…) Estoy seguro que los jueces tampoco se van a inhibir”.
Cooperativa