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Ministerio Público presentó acusación luego de cerrada la investigación

Penas entre los 3 y 6 años de presidio pide la Fiscalía para ex ejecutivos de Nova Austral por fraude de subvenciones

Jueves 25 de Abril del 2024

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Luego de cuatro años de judicializada la causa por fraude de subvenciones y otros delitos que se le imputan tanto a ex ejecutivos como a la misma empresa salmonera Nova Austral, el Ministerio Público cerró la investigación y procedió a formular acusación, para lo cual el Juzgado de Garantía de Porvenir fijó audiencia de preparación de juicio oral para el próximo 7 de mayo, día en que se resolverá la forma de término de este proceso.

Entre marzo y abril de 2022, fueron formalizados en esta causa Nicos Nicolaides Bussenius, Drago Covacich Mckay, Arturo Schofield Muga, Rigoberto Garrido Arriagada y Isaac Ollivet-Besson Osorio, por el delito de fraude de subvenciones, previsto y sancionado en el artículo 470 N°8 del Código Penal.

En efecto, el artículo 470 Nº8 del Código Penal, castiga “a los que fraudulentamente obtuvieren del fisco, de las municipalidades, de las Cajas de Previsión y de las instituciones centralizadas o descentralizadas del Estado, prestaciones improcedentes, tales como remuneraciones, bonificaciones, subsidios, pensiones, jubilaciones, asignaciones, devoluciones o imputaciones indebidas”. En la especie, la conducta punible en este caso es la obtención fraudulenta de la bonificación establecida en el artículo 10 de la Ley N°18.392/85.

Decretado el cierre de la investigación, el pasado 18 de marzo el fiscal Sebastián González Morales acusó a los mismos imputados por el mencionado delito y otro relativo al artículo 136, inciso primero, de la Ley de Pesca y Acuicultura, solicitando penas que van desde los 3 hasta los 6 años de presidio.

La Ley General de Pesca y Acuicultura, en su artículo 136, inciso primero, establece que “el que sin autorización o contraviniendo sus condiciones o infringiendo la normativa aplicable introdujere o mandare introducir en el mar, ríos, lagos o cualquier otro cuerpo de agua, agentes contaminantes químicos, biológicos o físicos que causen daño a los recursos hidrobiológicos , será sancionado con presidio menor en su grado medio a máximo y multa de 100 a 10 mil UTM, sin perjuicio de las sanciones administrativas correspondientes”.

Solicitud de penas

Respecto de Arturo Schofield Muga, por el delito establecido en la Ley de Pesca se piden 300 días de presidio y una multa de 3.000 UTM ($195 millones), y por el fraude de subvenciones, 800 días y multa de 30 UTM ($2 millones).

Para Drago Covacich, 300 días de presidio, multa de 3.000 UTM ($195 millones), una segunda pena de 4 años de presidio, multa de 30 UTM ($2 millones), y otros 540 días de presidio y multa de 10 UTM ($650 mil). En su caso además se le acusa de afectarle el artículo 210 del Código Penal, esto es: “El que ante la autoridad o sus agentes perjurare o diere falso testimonio en materia que no sea contenciosa”.

En cuando a Nicos Nicolaides, 300 días de presidio, multa de 3.000 UTM, 4 años de presidio y multa de 30 UTM.

Referente a Rigoberto Garrido, arriesga 300 días de presidio, multa de 3.000 UTM, 800 días de presidio y multa de 30 UTM.

Y respecto de Isaac Ollivet-Besson, los mismos 300 días, multa de 3.000 UTM, 800 días de presidio y multa de 30 UTM.

Nova Austral

La acusación pide las mayores penas para la empresa Nova Austral S.A. En relación con el delito del artículo 136, inciso 1°, de la Ley General de Pesca y Acuicultura; se postula la pena de pérdida del cien por ciento de los beneficios fiscales; 5 años de prohibición de celebrar actos y contratos con el Estado; multa en su grado máximo ascendente a 120.000 UTM (7 mil 800 millones de pesos); comiso del producto del delito y demás bienes, efectos, objetos, documentos, instrumentos, dineros o valores del mismo. En especial, se solicita el comiso de los fondos e inmuebles de la empresa acusada que se señalarán, los que se encuentran sujetos respectivamente a las medidas cautelares reales de retención y prohibición de celebrar actos o contratos de acuerdo al siguiente detalle; $6.953.429.520 que se encuentran retenidos correspondientes al pago de las solicitudes de bonificación de la Ley N°18.392, presentada ante la Tesorería Regional de Magallanes por la empresa Nova Austral S.A., con fecha 27 de diciembre de 2019, por un monto de $1.278.431.279, correspondiente al periodo de venta de septiembre del año 2019; con fecha 03 de enero de 2020, por un monto de $1.586.754.868, correspondiente al periodo de ventas de octubre de 2019; con fecha 12 de febrero de 2020, por un monto de $2.228.664.998, correspondiente al periodo de venta de noviembre de 2019; de fecha 07 de mayo de 2020, por un monto de $1.859.578.375, medida cautelar de retención decretada por resolución del Juzgado de Garantía de Porvenir por resolución de fecha 22 de mayo de 2020; y de 11 inmuebles todos del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Tierra del Fuego, a nombre de Nova Austral S.A.

El órgano acusador le atribuye a los querellados la calidad de autores en grado de consumado, conforme a lo establecido en el artículo 15 del Código Penal, del delito de fraude de subvenciones, contemplado en el artículo 470 numeral 8 del Código Penal.

En relación al perjuicio, conforme a lo informado por la Tesorería Regional de Magallanes, el valor de lo bonificado por la empresa Nova Austral entre los años 2016 a 2019, época en que los querellados desplegaron todas las conductas descritas en la acusación, asciende a la cantidad de $59.580.971.043.

Al término del plazo legal, los dos querellantes en la causa, el Consejo de Defensa del Estado y la Comunidad Indígena Atap Punta Arenas y Comunidad Kawésqar Grupos Familiares Nómades del Mar, presentaron acusaciones particulares sobre los hechos investigados.

 

Declaración de siembra y mortalidad de peces

La Fiscalía deja establecido que “Nova Austral, por orden de Nicos Nicolaides, adquirió mayor cantidad de smolts, smolts (peces juveniles) o peces, de las pisciculturas, que los declarados al Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura en los formularios CSM (Certificado Sanitario de Movimiento) y Cam (Certificado de Autorización de Movimiento), superando la densidad y número de peces a sembrar por unidad de cultivo y centro que las autorizadas por la Subsecretaría de Pesca”.

Acto seguido, “el acusado Drago Covacich, gerente regional de Nova Austral, quien actuaba para estos efectos como representante de la empresa para el ingreso de indicadores, previamente concertado con el resto de los acusados, suscribió declaraciones juradas de siembra a la Subsecretaría de Pesca, cuyo contenido no se condecía con la realidad en cuanto a la cantidad de smolts que se sembraban en los centros de cultivo”.

En cuanto a la declaración de mortalidad de peces, en los “periodos productivos llevados a cabo en los centros de cultivos, durante los años 2016 a 2019, la empresa no declaró la real mortalidad de salmones, existiendo una diferencia de más de 2 millones de ejemplares muertos que no fueron informados a las entidades fiscalizadoras, provocando con ello un engaño a tales entidades, que al no ser advertidas, se vieron impedidas de realizar las acciones que normativamente les habría correspondido, medidas que para el caso de la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura habría acarreado la prohibición de dicha actividad, y en el caso del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura, la reducción de la capacidad de siembra de peces en el próximo ciclo de cultivo, que es una consecuencia establecida normativamente para aquellos casos en que la mortalidad de peces al interior de cada centro supere el 15% de los peces sembrados”.

La Fiscalía plantea en su acusación que “de no haberse producido tal engaño, se habría generado la disminución de cosecha y producción por parte de Nova Austral S.A., lo que habría derivado en una venta menor de salmones, lo que por su parte influyó de manera directa en el monto de la bonificación solicitada por Nova Austral S.A. a la Tesorería General de la República, que en consecuencia habría sido menor”.

De igual manera se indica, que “con el objeto de ocultar el exceso de mortalidad no reportada al Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura, los ejemplares muertos eran ensilados, vale decir sometidos a molienda y tratado con ácido fórmico en las plantas de los mismos centros, impidiendo con ello que Sernapesca detectase este excedente, que tampoco fue informado a la entidad fiscalizadora”.